Le informamos que a través del DNU 311/2020, se establece la prohibición de corte de servicios públicos en caso de mora o falta de pago de hasta 3 facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020.
Estas obligaciones se mantendrán por el plazo de 180 días corridos a contar desde la vigencia de la presente medida. Además, las empresas prestadoras de servicios públicos deberán otorgar a los usuarios planes de facilidades de pago para cancelar las deudas.
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