En el día 8 de junio de 2020, se publicaron dos disposiciones. La primera de ellas es la Resolución 475/2020 dictada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social establece una prórroga de los Acuerdos para la suspensión de los trabajadores. Se aplaza por 60 días la vigencia de la Resolución 397/2020 (MTEySS) que estableció las pautas para la presentación y homologación de acuerdos de suspensión de trabajadores conforme el artículo 223bis de la LCT.

Si bien esta Resolución aplica en principio a los acuerdos firmados bajo las pautas establecidas en el marco de referencia pactado entre la UIA y la CGT, contiene mecanismos que la Autoridad aplica en general al momento de homologar acuerdos de suspensiones en general, como por caso, el carácter de DDJJ que en su At. 4 requiere sobre las firmas, a efectos de dinamizar la ratificación.

Por su parte, la Resolución 52/2020 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo fijó un incremento para determinadas prestaciones dinerarias para damnificados que hayan concluido su vínculo laboral. Se establece, a partir del 1 de marzo de 2020, un incremento del 8,23% en las prestaciones dinerarias mensuales por Gran Invalidez y las correspondientes a los damnificados en situación de Incapacidad Laboral Temporaria o Permanente Provisoria que hayan perdido el vínculo laboral con el empleador por cualquier causa.

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