A través de la publicación del decreto 323/21, el Poder Ejecutivo estableció una reducción del 100%, hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, de las contribuciones patronales que se destinen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para los empleadores que accedan al beneficio otorgado por el “Programa REPRO II”, y que encuadren en los sectores críticos (dentro de los cuales está incluido nuestro Sector) establecidos por dicha normativa.

Aplicación:
En el período mensual inmediato posterior al período de devengamiento de los salarios por los que haya accedido al “Programa REPRO II”.

Temporalidad:
El beneficio es mensual y aplica para los empleadores que les sea otorgado el beneficio del “Programa REPRO II”.

Vigencia:
El decreto entra en vigencia a partir del 1° de mayo de 2021 para los beneficios otorgados por el “Programa REPRO II” correspondientes a los salarios devengados del mes de abril de 2021. En virtud de ello se interpreta que quienes accedan al REPRO II de Abril 2021 podrán gozar de la reducción en el 931 correspondiente a Mayo 2021. Dicho criterio fue confirmado con funcionarios del Ministerio de Trabajo.

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