La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció las formas y condiciones que deberán observar los empleadores a fin de solicitar el “Crédito a Tasa Subsidiada” o, en su caso, el Programa REPRO II correspondiente al período devengado diciembre de 2020.
Para ello, los empleadores podrán acceder al servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” entre los días 30 de diciembre y 8 de enero inclusive a fin de iniciar la solicitud.
Para más detalles, podrá acceder a la Resolución General 4893/2020 .
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