Estos son los protocolos para la utilización de piscinas y spa en alojamientos enviados por el Ministerio de Turismo y Cultura de Mendoza:

  • Los baños serán habilitados con desinfección permanente “solamente en caso de urgencias”.
  • Toallas, toallones, batas de baño o cualquier otro elemento debe ser entregado al momento de uso, no puede estar a disposición, cada kit de material será de uso exclusivo los cuales deberán estar desinfectados al inicio y finalización de su uso.
  • La cantidad de personas estará dada por los espacios físicos con que cuente el predio para la práctica segura de las actividades. Se ubicarán las personas o grupos en el predio en su lugar asignado como en los quinchos abiertos, manteniendo el distanciamiento social correspondiente.
  • Los espacios de actividad serán solo al aire libre, las empresas deberán contar con espacio cubierto con ventilación natural “solamente para emergencias climáticas”. Para el caso de piscinas cerradas, spa u otros servicios complementarios, cada empresa deberá enviar su propuesta de servicio teniendo en cuenta los Protocolos Covid 19 a serviciosturisticos@mendoza.gov.ar
  • Durante las actividades en la piscina, los usuarios deberán mantener el distanciamiento social. En los lugares  comunes dentro del natatorio el tapaboca será de uso obligatorio, siendo sólo excepcional el momento que se está adentro del agua.
  • No está permitido llevar elementos deportivos propios y/o juguetes. no podrán compartir ningún tipo de comida o bebida con otros grupos familiares y/o individuales. Tampoco ninguna vajilla o indumentaria o accesorios.
  • Deberá utilizar cartelería indicando las medidas de prevención en lugares visibles.
  • Deberán colocarse alcohol en gel al 70% en las manos de los dosificadores que se encontrarán a disposición en la zona de recepción y/ tránsito a las instalaciones acuáticas.
  • La disposición de las reposeras deberá planificarse respetando la distancia de las menos 1,5 mt. en persona y persona, salvo grupo familiar primario.
  • Señalización y demarcación del espacio para evitar aglomeraciones. Determinar la circulación y el aforo permitido en las instalaciones.
  • Deberán contar con la provisión de jabones y de papel de secado y papelera o cesto de basura de apertura a pedal.
  • Disponer de un dispensador con solución desinfectante.

Espejo de Agua 

  • Control de Cloro y Ph: Siguiendo las recomendaciones de la O.M.S. se llevará y asentará registro en un Libro de control del Agua de los niveles de cloro y pH de la pileta. La misma deberá tener una concentración residual de cloro libre de ≥0.5 mg/l en el agua de la misma con un pH. <8.0.
  • Este procedimiento lo realizará el Guardavida o personal del natatorio de manera diaria.
  • Nivelación: En el caso de que las concentraciones de cloro y/o pH no sean las adecuadas, inmediatamente se suspenderán las actividades hasta llegar a los niveles requeridos. Una vez establecida y certificado la nivelación, se podrá retomar las actividades bajo la normalidad del Protocolo.

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