A través de la Resolución 195/2020 se dispone que los alojamientos habilitados por el Ente Mendoza Turismo podrán, con previa autorización de la autoridad competente, hospedar a personas  que tengan que cumplir una actividad esencial determinada. Podrán alojarse quienes se encuentren fuera de su residencia habitual y deban hospedarse temporalmente en estos establecimientos, siempre que acrediten fehacientemente dicha circunstancia mediante autorización emitida por el gobierno de Mendoza para ingresar a la provincia.

Los hoteles que deseen abrir bajo esta modalidad deberán enviar un correo electrónico con la información citada en la normativa a serviciosturisticos@mendoza.gov.ar  El Ministerio de Cultura y Turismo se encargará de seleccionar el establecimiento y todo aquel que quede autorizado recibirá un comunicado habilitante.

Las tarifas no necesariamente deberán ser fijas. Para más información presione AQUÍ a fin de conocer la resolución, su modalidad de implementación y los protocolos exigidos.

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